Ortega quiere que el Ayuntamiento de Ibi inste al Gobierno de España a modificar los criterios de financiación de la Ley de Dependencia.
La Teniente de Alcalde de Integración Social, Pilar Ortega, ha anunciado su intención de presentar en un próximo plenario y someter a su aprobación una moción sobre los criterios de financiación del sistema de dependencia en la que pedirá que el Ayuntamiento de Ibi inste al Ministerio de Sanidad y Política Social “a que revise los criterios de financiación del sistema de dependencia”.
La edil ibense argumenta que “el enorme esfuerzo que está realizando el Consell en avanzar en la aplicación de la Ley de Dependencia con el objetivo de mejorar la calidad de vida de los valencianos, se ve entorpecido por una injusta financiación del sistema de la dependencia por parte del Gobierno Central”.
Ortega argumenta que la Memoria Económica de la Ley establece expresamente que la financiación en cada Comunidad Autónoma “estará repartida entre gobierno autonómico y gobierno central, correspondiendo a cada parte el 50 por ciento pero, centrándonos en los datos correspondientes a 2009 –dice-, el Consell asumió un 71 por ciento del coste de la dependencia en la Comunitat y el Estado, el 28,6”. En este sentido, el Partido Popular (PP) mantiene que “uno de los aspectos que necesita ser revisado con urgencia es el coste de los servicios y de las prestaciones económicas vinculadas a la adquisición de los mismos, ya que la financiación estatal únicamente tiene en cuenta el grado y nivel de la persona dependiente y no el coste del servicio que esa persona está recibiendo”.
La moción de la edil popular asegura que “la situación actual supone que en el caso de personas dependientes en una residencia, el Estado aporta el 20% y La Generalitat, el 80%; en el caso de que la persona dependiente perciba una prestación vinculada al servicio, la Generalitat aporta el 62%; y en el caso de la prestación al cuidador familiar, las aportaciones de la Generalitat y están en torno al 50%. Es decir únicamente en este caso se da cumplimiento al espíritu de la Ley, lo que resulta cuanto menos sorprendente ya que precisamente ésta última prestación está concebida como excepcional en la Ley”.
La Teniente de Alcalde de Integración Social, Pilar Ortega, ha anunciado su intención de presentar en un próximo plenario y someter a su aprobación una moción sobre los criterios de financiación del sistema de dependencia en la que pedirá que el Ayuntamiento de Ibi inste al Ministerio de Sanidad y Política Social “a que revise los criterios de financiación del sistema de dependencia”.
La edil ibense argumenta que “el enorme esfuerzo que está realizando el Consell en avanzar en la aplicación de la Ley de Dependencia con el objetivo de mejorar la calidad de vida de los valencianos, se ve entorpecido por una injusta financiación del sistema de la dependencia por parte del Gobierno Central”.
Ortega argumenta que la Memoria Económica de la Ley establece expresamente que la financiación en cada Comunidad Autónoma “estará repartida entre gobierno autonómico y gobierno central, correspondiendo a cada parte el 50 por ciento pero, centrándonos en los datos correspondientes a 2009 –dice-, el Consell asumió un 71 por ciento del coste de la dependencia en la Comunitat y el Estado, el 28,6”. En este sentido, el Partido Popular (PP) mantiene que “uno de los aspectos que necesita ser revisado con urgencia es el coste de los servicios y de las prestaciones económicas vinculadas a la adquisición de los mismos, ya que la financiación estatal únicamente tiene en cuenta el grado y nivel de la persona dependiente y no el coste del servicio que esa persona está recibiendo”.
La moción de la edil popular asegura que “la situación actual supone que en el caso de personas dependientes en una residencia, el Estado aporta el 20% y La Generalitat, el 80%; en el caso de que la persona dependiente perciba una prestación vinculada al servicio, la Generalitat aporta el 62%; y en el caso de la prestación al cuidador familiar, las aportaciones de la Generalitat y están en torno al 50%. Es decir únicamente en este caso se da cumplimiento al espíritu de la Ley, lo que resulta cuanto menos sorprendente ya que precisamente ésta última prestación está concebida como excepcional en la Ley”.
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