El Diario Oficial de la Generalitat (DOG), ha publicado el calendario laboral aplicable en 2010 en el ámbito de la Comunidad Velenciana. En este calendario se establecen como fiestas propias de la Comunitat Valenciana, por su carácter tradicional, el día 5 de abril, Lunes de Pascua, y el 9 de octubre, Día de la Comunitat Valenciana, además del día el 19 de marzo, día de San José, patrón de Valencia, todo ello en virtud de lo establecido en el artículo 37.2 del Estatuto de los Trabajadores, cuando habla de la facultad de sustitución de las fiestas que se trasladen a lunes, así como los acuerdos con la Santa Sede.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 37.2 del Estatuto de los Trabajadores, el Gobierno podrá trasladar a los lunes todas las fiestas de ámbito nacional que tengan lugar entre semana, siendo, en todo caso, objeto de traslado al lunes inmediatamente posterior el descanso laboral correspondiente a las fiestas que coincidan con domingo.
Los días inhábiles a los efectos laborales, retribuidos y no recuperables que se señalan son los siguientes:
1 de enero. Año Nuevo
6 de enero. Epifanía del Señor
19 de marzo. San José
2 de abril. Viernes Santo
5 de abril. Lunes de Pascua
1 de mayo. Día del Trabajo
9 de octubre. Día de la Comunitat Valenciana
12 de octubre. Día de la Hispanidad
1 de noviembre. Todos los Santos
6 de diciembre. Día de la Constitución
8 de diciembre. Inmaculada Concepción
25 de diciembre. Navidad
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